El perito es aquella persona ajena al proceso judicial y que es llamado a iniciativa de las partes, o en auxilio del juzgador, para tomar conocimiento de ciertos hechos y luego de realizar las imprescindibles comprobaciones y estudios, previamente determinadas, dar su opinión afirmativa o negativa con relación a los puntos concretos sobre los que debió de intervenir en razón de sus conocimientos técnicos.